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Aruba Airport

Normas de inmigración en Aruba

Antes de viajar a Aruba, asegúrate de consultar esta descripción general de los requisitos y las normas de inmigración de Aruba.

Requisitos para viajar a Aruba 

Si deseas viajar a Aruba o a otras partes caribeñas del Reino de los Países Bajos, debes cumplir con ciertos requisitos, incluso si no necesitas una visa. Por ejemplo, solo puedes quedarte por un tiempo limitado y debes tener suficiente dinero para cubrir tu estadía. 

  • Tu pasaporte no debe tener más de 10 años de antigüedad. 
  • Tu pasaporte debe ser válido durante toda tu estadía. 
  • Debes tener una prueba de que puedes regresar a tu país de partida o transitar por otro país. Esto puede ser un pasaporte, un permiso de residencia o una visa. 
  • Puedes proporcionar una prueba del motivo de tu estadía, como una reserva de hotel o una invitación de familiares o amigos. 
  • Debes tener suficiente dinero para cubrir tu estadía y cualquier otro gasto: 

- Si te alojas en un hotel: entre 150 y 200 dólares estadounidenses por persona por día 

- Si te alojas con familiares: 100 dólares estadounidenses por persona por día 

- Si tienes prueba de patrocinio: tu patrocinador asume la responsabilidad financiera 

  • Debes tener un seguro médico válido o un seguro de viaje que cubra los gastos médicos. El seguro debe cubrir al menos 15 000 dólares estadounidenses en gastos médicos e incluir atención hospitalaria, tratamiento de emergencia y repatriación (incluso en caso de muerte). 
  • No debes ser considerado una amenaza para el orden público, la salud pública, la seguridad nacional o las relaciones internacionales. 
  • Una visa (si la requieres). 
  • Una tarjeta de embarque y desembarque (tarjeta ED) completa y aprobada. 

¿Qué documentos NO son necesarios pero se recomiendan para ingresar a Aruba? 

  • Seguro de viaje  

La autorización final para la admisión a Aruba la otorga el Oficial de Inmigración local en el cruce fronterizo/puerto de entrada. La autoridad de inmigración en el cruce fronterizo/puerto de entrada tiene la autoridad exclusiva para otorgar o rechazar la admisión. Se puede denegar la entrada si no se cumplen todos los requisitos de admisión al momento de ingresar a Aruba o si el turista ha sido incluido en la lista negra.  Tener una visa válida para Aruba no garantiza la entrada al país. 

¿Cuánto tiempo puedo permanecer en Aruba? 

El período máximo estándar de tiempo que una persona puede ser admitida en Aruba como turista es de 30 días. A pedido, este período puede extenderse hasta un máximo de 180 días por año calendario. 

Solo para ciudadanos estadounidenses: si el visitante desea quedarse más de 30 días, puede hacerlo sin solicitar una extensión de hasta 90 días. 

Las siguientes personas pueden solicitar una extensión de su estadía por más de 30 días pero sin exceder los 180 días: 

  • Los nacionales del Reino de los Países Bajos pueden solicitar una extensión de su estadía por hasta 180 días consecutivos. 
  • Los nacionales de los países que figuran en esta página y las personas exentas del requisito de visa pueden solicitar una extensión de su estadía por hasta 180 días consecutivos si tienen una propiedad en Aruba, es decir, una casa, un condominio, una propiedad de tiempo compartido, un apartamento o un yate de recreo amarrado en Aruba con una longitud de, al menos, 14 metros (46 pies) medidos en la línea de flotación nominal. Deben mostrar prueba de propiedad de la propiedad por una estadía de hasta 180 días. Si no tienen una propiedad en Aruba, deben tener una declaración de garantía de un residente de Aruba que actuará como garante y será responsable de los costos incurridos durante su estadía. El garante en Aruba puede enviar su solicitud directamente a la IASA (Inmigración de Aruba) al correo electrónico garantie@dga.aw, siguiendo los procedimientos para legalizarla y enviarla al visitante en el extranjero. 
  • Dentro de la estadía inicial de 30 días, el visitante puede solicitar una extensión por una estadía total de hasta 90 días. Pueden aplicarse algunas restricciones. La autoridad migratoria puede conceder una prórroga de hasta 90 días una vez que se cumplan todos los requisitos para una estancia prolongada. 
  • Todos los visitantes que soliciten una prórroga de su estancia superior a 30 días deben contar con un seguro de viaje (médico y de responsabilidad civil) y medios económicos suficientes para la duración de la estancia prolongada. 

Normas sobre visados 

Para obtener una lista completa de los países que requieren visado para viajar a Aruba, visite la página "Gobierno de los Países Bajos". Algunos visitantes de las partes caribeñas del Reino (incluida Aruba) no necesitan visado. Esto incluye a los ciudadanos holandeses y estadounidenses, así como a los ciudadanos de los países que se enumeran en esta página. 

Exenciones de visado 

Las siguientes personas, que normalmente requieren visado, están exentas de este requisito:

  • Titulares de un permiso de residencia válido (temporal o permanente) de: 

- Otra parte del Reino de los Países Bajos 

- Los Estados Unidos de América

- Canadá 

- El territorio Schengen 

- Reino Unido 

- Irlanda 

  • Ciudadanos bolivianos, chinos, colombianos, cubanos, dominicanos, haitianos, indios, jamaicanos y peruanos que sean titulares de un visado válido (de múltiples entradas) para los Estados Unidos de América, Canadá, el Reino Unido o Irlanda. 
  • Todos los ciudadanos que sean titulares de un visado válido de múltiples entradas para el territorio Schengen (visado Schengen). 
  • Aquellos que continúen (en tránsito) hacia un tercer país dentro de las 24 horas o dentro del mismo día en avión, y que tengan boletos con asientos reservados y todos los documentos necesarios para continuar el viaje.
  • Aquellos que lleguen en avión para abordar un crucero o viceversa (en tránsito), por un período máximo de 24 horas.
  • Pasajeros de cruceros si desembarcan en Aruba como parte de su crucero, por un período máximo de 24 horas.
  • Niños menores de 12 años, no necesitan visa si viajan con un padre o tutor; titulares de un pasaporte diplomático, que sean nacionales de Albania, Bolivia, Bosnia-Herzegovina, Chad, Indonesia, Jamaica, Macedonia, Malawi, Marruecos, Moldavia, Montenegro, Pakistán, Perú, Federación Rusa, Senegal, Serbia, Tailandia, Ucrania, Túnez, Turquía o los Emiratos Árabes Unidos.
  • Titulares de un pasaporte de servicio, que sean nacionales de Bolivia, Indonesia, Jamaica, Malawi, Marruecos, Perú, Tailandia, Túnez, Turquía, Emiratos Árabes Unidos. 
  • Titulares de pasaportes o salvoconductos emitidos por el FMI, el Banco Mundial, las Naciones Unidas o una de sus agencias; 
  • Los miembros de la tripulación de buques o aeronaves que atraquen o atraquen en Aruba con fines comerciales y que no representen una amenaza para el orden público y la seguridad de la isla o del Reino de los Países Bajos. Esta categoría está exenta del requisito de visa por un período de admisión de hasta 48 horas. 

Normativa sobre el coronavirus (COVID-19) 

Para obtener una explicación detallada de los requisitos de salud para viajeros de Aruba, asegúrese de visitar la página a continuación. 


REQUISITOS DE SALUD DEL VIAJERO

 

​Traveling to the Island

Flag of Aruba gently waving in the wind.

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